Director General de la Policía Bancaria e Industrial

Información del puesto

  1. Dirigir las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo y las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo Policial adscritas a la Policía Bancaria e Industrial.
  2. Ejercer el mando de las Unidades Administrativas referidas en el numeral que antecede.
  3. Celebrar los contratos de prestación del servicio con personas físicas o morales así como los convenios de colaboración para el mismo efecto con organismos públicos.
  4. Determinar el costo de los servicios que presten.
  5. Representar a la Dirección General y a la corporación a su cargo, ante autoridades administrativas y jurisdiccionales, en los procedimientos en que sean parte.
  6. Formular los programas para el desarrollo de la competitividad de los servicios de la corporación a su cargo y someterlos para su aprobación.
  7. Formular los programas de adquisiciones de bienes y de prestación de servicios necesarios para la operación de la corporación a su cargo y someterlos a la aprobación del Secretario por conducto de la Oficialía Mayor.
  8. Designar, previo acuerdo del Secretario, a los titulares de las Unidades Administrativas y de las Unidades Administrativas Policiales adscritas a la Dirección General a su cargo.
  9. Programar, dirigir y supervisar las actividades de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo Policial de la corporación a su cargo.
  10. Elaborar los anteproyectos de presupuesto de egresos para su inclusión al proyecto de la Secretaría.
  11. Otorgar, conferir y revocar los poderes generales o especiales que sean necesarios, para que en el ámbito de sus funciones, representen a la corporación a su cargo ante personas físicas o morales del sector público o privado, autoridades jurisdiccionales, laborales o administrativas, locales o federales, en procedimientos en que la misma sea parte.
  12. Acordar con las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo y las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo Policial de la Corporación a su cargo, los asuntos inherentes al buen desempeño de las mismas.
  13. Someter a consideración del Secretario las medidas orientadas al mejor funcionamiento y organización de la Corporación a su cargo.
  14. Someter a revisión y registro de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública los proyectos de creación, modificación y reorganización de las Unidades Administrativas a su cargo.
  15. Validar el manual administrativo y someterlo a revisión y registro de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública.
  16. Autorizar los lineamientos, procedimientos y otros documentos administrativos de trabajo para optimizar la eficiencia y eficacia de los procesos de la Corporación.
  17. Someter a consideración del Secretario los proyectos normativos y mecanismos que tengan como objeto mejorar el funcionamiento, organización, e integración de la Corporación Policial.
  18. Conceder audiencia a las usuarias del servicio, al público y a los integrantes de la Corporación, y turnar los asuntos a las Unidades Administrativas internas para los efectos procedentes.
  19. Garantizar que las quejas presentadas en contra de integrantes de la Corporación, se atiendan y tramiten dentro del ámbito de competencia de la misma.
  20. Aplicar la separación, destitución, remoción y la baja de personal adscrito en los términos de la legislación y normatividad aplicable.
  21. Las demás que les atribuyan expresamente los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables; las que sean conferidas por sus superiores jerárquicos y las que les correspondan a las Unidades Administrativas que les sean adscritas.

Implementar las acciones de prevención, disuasión, salvaguarda, protección, custodia y vigilancia de la integridad, bienes y valores de nuestros clientes, así como los derechos humanos de los ciudadanos, fortalecidos en coordinación con las Instituciones de Seguridad Pública.

Estructura interna